
La comisión de asignación de viviendas (CAL), ahora llamada Caleol desde la ley Elan, toma tres tipos de decisiones: dictamen favorable, dictamen desfavorable o aplazamiento. Obtener un dictamen favorable significa que el expediente del solicitante ha sido seleccionado para una vivienda específica, tras un examen colegiado. Esta etapa sigue siendo la culminación de un proceso de selección cada vez más restringido, en un contexto donde la tasa de asignación continúa disminuyendo.
Pre-comisión e instrucción técnica: lo que se juega antes de la votación
Incluso antes de que la Caleol se reúna, el expediente pasa por una fase de instrucción poco documentada pero determinante. El arrendador social verifica las condiciones de recursos del hogar asegurándose de que los ingresos respeten los límites establecidos por decreto, según la categoría de financiación de la vivienda (PLAI, PLUS o PLS) y la zona geográfica.
La mayoría de los organismos de vivienda social organizan una pre-comisión, reunión interna donde los encargados de atención al cliente presentan las candidaturas seleccionadas para cada vivienda vacante. Es en esta etapa donde se seleccionan al menos tres expedientes para ser sometidos a la comisión. Un expediente descartado en la pre-comisión nunca será examinado por la Caleol, lo que hace que esta fase sea invisible pero decisiva.
Cuando un solicitante recibe un dictamen favorable de la comisión de asignación de vivienda, significa que su expediente ha superado estos dos filtros sucesivos. La notificación que sigue abre un plazo para aceptar o rechazar la propuesta.

Criterios de prioridad establecidos por la comisión de asignación
La Caleol no elige al azar entre las candidaturas presentadas. El código de la construcción y de la vivienda (artículo L.441-1) define públicos prioritarios. La comisión debe motivar su decisión apoyándose en criterios objetivos y verificables.
Las situaciones que dan derecho a una prioridad son, entre otras:
- Las personas con discapacidad o que albergan a una persona discapacitada, para las cuales se busca una vivienda adaptada
- Los hogares reconocidos como prioritarios bajo el derecho a la vivienda opuesta (DALO), cuyo expediente es transmitido por el prefecto
- Las personas víctimas de violencia de género, los que salen de un alojamiento o los hogares en situación de sobreocupación manifiesta
- Los trabajadores en movilidad profesional, especialmente aquellos que pertenecen al contingente Acción Vivienda
La comisión también examina la adecuación entre el tamaño de la vivienda y la composición del hogar. Un T3 no será asignado a una persona sola si otras candidaturas se ajustan mejor a la tipología del bien.
Tasa de asignación en vivienda social: por qué el dictamen favorable sigue siendo raro
En 2025, se realizaron aproximadamente 390,000 asignaciones de viviendas sociales, un ligero aumento en comparación con 2024. Este progreso oculta una realidad menos favorable: el tasa de asignación ha caído al 23,1 %, lo que representa una disminución de 0,4 puntos. En otras palabras, menos de un solicitante de cada cuatro obtiene una vivienda en el año.
La Ancols (Agencia Nacional de Control de la Vivienda Social) señala que los hogares que obtuvieron una vivienda en 2025 han esperado en promedio un poco más de 600 días. Para aquellos que aún están en la lista de espera a finales de 2025, el plazo medio alcanza aproximadamente 850 días, es decir, casi dos años y medio.
Estos plazos varían considerablemente según los territorios. En las zonas tensas (clasificadas A bis, A y B1), la competencia entre expedientes es notablemente más fuerte. Un dictamen favorable allí resulta de una selección entre un número de candidaturas muy superior a la media nacional.
Aplazamiento y rechazo: las otras salidas posibles
Un expediente presentado en la comisión no siempre recibe un dictamen favorable. El aplazamiento suspende la decisión, a menudo porque falta un documento o persiste una duda sobre la composición del hogar. El rechazo, por su parte, debe ser motivado por escrito. Los motivos más frecuentes se refieren al sobrepaso de los límites de recursos o la inadecuación entre la vivienda propuesta y las necesidades del hogar.
Un rechazo de la comisión no impide permanecer en la lista de espera. El número único departamental sigue siendo válido y la solicitud puede ser presentada nuevamente en una próxima vacante de vivienda.

Rol del contingente reservante en la asignación de vivienda social
Un aspecto a menudo mal entendido se refiere a los contingentes de reserva. Cada vivienda social está vinculada a un reservante: el Estado (contingente prefectural), una entidad local o un colector como Acción Vivienda. El reservante propone candidatos, pero es la Caleol quien decide.
El contingente prefectural representa una parte significativa de las viviendas disponibles. El prefecto orienta en prioridad a los hogares reconocidos como DALO y a los públicos que pertenecen al acuerdo colectivo departamental. Si su expediente es respaldado por el contingente prefectural, la probabilidad de obtener un dictamen favorable aumenta, ya que la comisión sabe que este candidato está sujeto a una obligación legal de reubicación.
Después del dictamen favorable: aceptación y firma del contrato de arrendamiento
Una vez notificado el dictamen favorable, el solicitante generalmente dispone de diez días para aceptar o rechazar la propuesta. Un rechazo sin motivo legítimo puede resultar en la eliminación de la solicitud en ciertos departamentos. La aceptación conduce a la firma del contrato de arrendamiento y la entrega de las llaves, que se realiza en un plazo variable según el arrendador.
El paso por la Caleol sigue siendo el principal obstáculo del proceso de acceso a la vivienda social. Cada expediente presentado ya ha sobrevivido a varios filtros antes de llegar a la mesa de la comisión. Comprender este mecanismo permite preparar mejor la candidatura e identificar al reservante adecuado a solicitar por adelantado.